domingo, 8 de enero de 2012

Consejo Comunal 1

Los Consejos Comunales

Son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. Art. 2 LCC

El Poder Popular

El consejo comunal es la forma de organización más avanzada que pueden tener los vecinos de una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.

Espacios donde se ejerce El Poder

Desde el punto de vista territorial y político-administrativo, la Nación se organiza en Estados y el Distrito Capital.
Los Estados, a su vez,  se dividen en Municipios, los Municipios se dividen en parroquias y las parroquias se dividen en sectores y sub-sectores, como urbanizaciones, barrios y caseríos, que a su vez se conforman de calles, manzanas, cuadras, etc.

Organización político-territorial del Estado venezolano

NACION
ESTADOS
MUNICIPIOS
PARROQUIAS
BARRIOS O URBANIZACIONES
COMUNIDADES


Papel de los Consejos Comunales

Los Consejos Comunales son la instancia básica de planificación, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas.  Así, incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares.
También constituyen la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagónica que plantea la Constitución Bolivariana. 

¿Dónde reside el poder de la comunidad?

El poder reside en la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, conformada por las personas que habitan en esa área geográfica.
Es ella la que elige a las personas que conforman el Consejo Comunal.
Es la máxima autoridad de la comunidad.
Sus decisiones tienen poder vinculante para el Consejo Comunal.
El quórum de estas asambleas debe ser del 10 % de la población mayor de 15 años de dicha área geográfica.
Es allí donde radica el poder popular

Principales objetivos de los Consejos Comunales

Articular las organizaciones de base presentes en la comunidad y promover la creación de nuevas, donde sea necesario.
Elaborar un plan único de trabajo para atacar los problemas que la comunidad puede resolver con sus propios recursos y evaluar sus resultados. 
Promover la elaboración de proyectos en relación con los principales problemas que por sus altos montos o complejidad la comunidad no esté en capacidad de resolver. Estos proyectos deben ir al presupuesto participativo o a otras instancias de financiamiento.
Ejercer el control social en todas las actividades que se desarrollan en la comunidad, sean éstas de orden nacional, estadal, municipal, comunitario o privado.

El Órgano Ejecutivo

Es la instancia encargada de promover y articular la participación organizada de las y los integrantes de la comunidad, los grupos sociales y organizaciones comunitarias que integran los diferentes comité de trabajo.

La Unidad de Gestión Financiera

Funciona como un ente de ejecución financiera para administrar recursos financieros y no financieros, servir de ente de inversión y de crédito y realizar intermediación financiera con los fondos generados, asignados o captados.

El Banco Comunal

La Unidad de Gestión Financiera se denomina Banco Comunal, el cual puede pertenecer a un Consejo Comunal o a una mancomunidad de Consejos Comunales.
Son socios del Banco Comunal todos los ciudadanos y ciudadanas que habiten en el ámbito del consejo comunal.
El Banco Comunal adquirirá la figura jurídica de Cooperativa. Art. 10 LCC

La Unidad de Contraloría Social
Tiene como propósito realizar la contraloría social y la fiscalización, control y supervisión del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el Concejo Comunal, así como los programas y proyectos de inversión pública presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional regional y municipal.

Proceso de Elección de Los Consejos Comunales

.- Los vecinos interesadoscrean la Comisión Promotora Provisional
.- Convocan a una Asamblea Ciudadana para designar la Comisión Promotora y la Comisión Electoral
.- La Comisión Promotora realiza el croquis, elabora el censo y convoca la Asamblea Constituyente del Consejo Comunal
.- La Comisión Electoral levanta Su propio registro de la zona, recibe las postulaciones y organiza la votación secreta.
.- Proceden a convocar a la Asamblea a todos los miembros de la comunidad mayores de 15 años
.- Se organiza el ambiente, se cubre la logística y se prepara la agenda dejando claro el tema a tratar: La Elección

Resultados de la Elección
Órgano Ejecutivo: se designará un vocero porcada comité de Trabajo que exista
Unidad de Gestión Financiera Se designarán 5 representantes. Su nombre es el
de Banco Comunal
Unidad de Contraloría Social:Se elegirán 5 entre sus funciones están la de fiscalización supervisión Y manejo de los recursos asignados

Luego de la Elección

Una vez que haya quedado constituido el Consejo Comunal es necesario registrarse ante la Comisión Local Presidencial del Poder Popular.
La copia del Registro debe ser entregada al Consejo Local de Planificación Pública para lograr la articulación del sistema Nacional de Planificación Pública.

Asignación y manejo de los recursos

Recibirán de manera directa recursos de:
La República, los estados y municipios.
El FIDES y la LAEE
Los provenientes de los servicios transferidos o generados por su propia actividad o por donaciones.
Los recursos serán manejados según lo acuerde la Asamblea de Ciudadanos

Responsabilidad en la Administración

El Órgano financiero está obligado a llevar un registro debidamente soportado, el cual estará a disposición de la Unidad de Contraloría Social y demás miembros de la comunidad.
Sus integrantes incurrirán en responsabilidad civil, penal o administrativa por lo actos, hechos u omisiones contrarios a la ley.

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